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Las víctimas del franquismo consiguen, por fin, su reconocimiento.

    El Consejo de Ministros acordó ayer solicitar al Consejo de Estado informes sobre cuatro proyectos de reales decretos que tienen por finalidad desarrollar la Ley de Memoria Histórica.

Una de ellas se refiere a las condiciones y procedimientos para la concesión de indemnizaciones a personas fallecidas "en defensa de la democracia" o que hubieran sufrido lesiones durante la Transición, que el Ejecutivo del PSOE fecha entre el 1 de enero de 1968 al 6 de octubre de 1977. En caso de fallecimiento, el real decreto establece una indemnización de 135.000 euros.

En rueda de prensa, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, destacó que estos cuatro decretos permitirán "la plena aplicación de la ley", una ley "nacida con voluntad de dar y ampliar derechos a ciudadanos que no se sentían amparados" por los poderes públicos y con voluntad de "cerrar y cicatrizar heridas" y "recuperar la memoria" de aquellos que murieron por defender sus ideas "con honor y dignidad".

Uno de esos reales decretos establece condiciones y procedimientos para la concesión de las indemnizaciones a personas fallecidas "en defensa de la democracia" o que hubiesen sufrido lesiones incapacitantes del 1 de enero de 1968 al 6 de octubre de 1977. Esta norma determina, en el caso del fallecimiento, una indemnización de 135.000 euros, mientras que para los casos de lesiones, la ayuda se determinará en función del grado de incapacidad acreditado ante los órganos de la administración de Seguridad Social.

Otro de los cuatro reales decretos desarrolla el procedimiento de restitución de documentos y otros efectos custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española a los particulares a los que fueron incautados.

Este real decreto se deriva específicamente de la Ley que crea el Centro Documental de la Memoria Histórica y prevé que el Gobierno establezca el procedimiento para la restitución de documentos del Archivo General de la Guerra Civil.

ESTATUS DE VICTIMA DEL FRANQUISMO

El tercer proyecto trata sobre la obtención de la declaración de reparación y reconocimiento personal de las personas que padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, durante la guerra civil y la dictadura.

La declaración podrá solicitarse por las personas afectadas y, en caso de que hubieran fallecido, por el cónyuge o persona ligada por análoga relación de afectividad.

Este decreto desarrolla por primera vez en la historia democrática el reconocimiento oficial del estatus de víctima del franquismo. El Ministerio de Justicia expedirá un certificado -de valor simbólico, ya que no otorga derechos económicos- a todas las víctimas y sus familiares en reconocimiento de que sus fusilamientos, encarcelamientos, torturas o trabajos forzados por motivos políticos fueron injustos. La democracia repara así el daño moral causado por la dictadura y rehabilita el nombre de todos los represaliados.

Levante-EMV 4.09.08