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Fiscalia: Cardenal ordena mano dura a los fiscales contra los maltratadores domésticos

    Madrid. COLPISA

El fiscal general del Estado ha dado durante los últimos días instrucciones taxativas a los fiscales de toda España para que actúen sin contemplaciones contra los supuestos maltratadores familiares. Jesús Cardenal, en dos circulares diferentes fechadas el 18 y el 30 de diciembre, recuerda a los representantes del Ministerio Público que las nuevas leyes sobre los juicios rápidos, sobre la libertad provisional y sobre “medidas concretas de seguridad ciudadana y violencia doméstica” dejan un amplio margen a los fiscales para perseguir los agresores, tales como mantener los cargos pese a que se haya retirado la denuncia o pedir a los jueces que impongan de oficio medidas cautelares a los violentos. Por todo ello, anima a sus subordinados a acelerar las órdenes de protección de los maltratados y a no dudar en obrar con dureza en cuanto se demuestre que las víctimas viven en una "situación de riesgo" porque "no cabe el perdón" en este tipo de delitos que ya no se consideran de la esfera privada.

En la circular 4/2003, denominada “Nuevos instrumentos jurídicos en la persecución de la violencia doméstica”, la Fiscalía General del Estado aclara que los nuevos artículos del Código Penal terminan con las tradicionales limitaciones para considerar la "habitualidad" en los malos tratos a la hora de decretar medidas cautelares o actuar contra los supuestos agresores. Así, Cardenal explica que ya no hace falta "requerir la probanza de la comisión de cuatro hechos delictivos en el lapso temporal de un año" como hasta ahora, sino que la existencia de violencia doméstica frecuente podrá ser determinada por criterios más subjetivos y amplios. Según la Fiscalía, bastará con que el representante del Ministerio Público aprecie la existencia de un "clima de terror" en el núcleo familiar para actuar contra el maltratador.

La restringida habitualidad de otros tipos delictivos –precisa Jesús Cardenal- no será aplicable en los casos de violencia doméstica, para los que servirá únicamente con constatar que existe un "ataque contra la paz familiar creando una situación de dominación y terror". Además, en este misma línea de endurecer el trato a los agresores familiares, el Ministerio Fiscal sostiene que es posible acusar a los presuntos maltratadores de un delito de violencia familiar agravado por el concurso de otros tipos delictivos. En particular, Cardenal hace mención a la posibilidad de que las agresiones se produzcan con un allanamiento de morada o al mismo tiempo que un delito de tenencia ilícita de armas.

"No cabe el perdón"

En sus órdenes a los fiscales, el máximo responsable del Ministerio Público aborda un tema recurrente en los malos tratos: la retirada de la denuncia por parte de la víctima, ya sea por miedo, ya sea por haberse reconciliado con su victimario. Jesús Cardenal llama a sus subordinados a estar muy atentos a esta circunstancia y, en cualquier caso, a actuar de oficio, pese a que ya no exista denuncia. La Fiscalía General del Estado asegura que es "frecuente y humanamente explicable" que en muchos casos las víctimas se retracten de sus acusaciones pero, según Cardenal, la violencia doméstica "no sólo se trata de un delito público en el que no cabe ninguna figura de perdón o renuncia a la acción penal, sino que, además, la víctima frecuentemente no es el único sujeto pasivo de la acción violenta, sino que también lo son todos los restantes integrantes del núcleo de convivencia familiar".

Este mismo espíritu de persecución sin tregua a los agresores y de protección a los maltratados inspira también la segunda de las circulares repartidas por todas los tribunales españoles y en la que la Fiscalía instruye sobre las órdenes de protección a las víctimas de la violencia doméstica (en particular, sobre las medidas cautelares contra los violentos) contempladas en la nueva legislación aprobada el pasado verano. "Resulta indudable que las especiales características que confluyen en las infracciones penales de esta naturaleza obligan a no demorar ni un ápice la respuesta judicial". Por ello, el Ministerio Público anima a los fiscales a no dudar en reclamar medidas cautelares siempre que observen "la existencia de una objetiva situación de riesgo para la víctima". Las instrucciones van encaminadas a brindar cuanto antes la protección necesaria a las posibles víctimas: ordenes precisas a los fiscales para que utilicen los formularios reglados a fin de acelerar los trámites, para que simplifiquen las cuestiones sobre competencias enfrentadas de diferentes juzgados y para que elijan atestados policiales para posibilitar que el caso se despache como “diligencias urgentes de juicio rápido”. Medidas cautelares La orden de protección a la víctima, figura clave en la nueva legislación, está complementada por medidas cautelares contra el presunto autor de malos tratos.

En este punto, Jesús Cardenal recuerda a los fiscales que contra el supuesto agresor "son adoptables de oficio todas las medidas cautelares, excepto las de prisión y fianza". Es más, la Fiscalía da instrucciones para no entorpecer la decisión de los jueces de decretar -en casos excepcionales de alto riesgo- medidas cautelares contra los sospechosos antes de celebrar la preceptiva audiencia judicial para decretar la orden de protección. Para agilizar estos procesos, la Fiscalía autoriza, incluso, a los representantes del Ministerio Fiscal a participar, en casos extremos, en esas vistas a través de medios telemáticos (sonido e imagen).Todo para que no se demore sin motivo la protección a los posibles maltratados.

Recuerda la circular 3/2003 que ni siquiera la incomparecencia del acusado a esta vista previa para decretar medidas cautelares ode protección a las víctimas podrá paralizar ese proceso, por lo que ordena a las fiscalías que no obstaculicen estas vistas bajo el pretexto de que no está presente una parte, ya que el Ministerio Público debe entender a partir de ahora en los casos de malos tratos que "es el denunciado quien incumple su obligación de acudir" a ese acto judicial.