Quienes Somos
Nuestras Actividades
Campañas
Publicaciones
Voluntarios
Hazte Socio
Contacta
Intolerancia
Derechos Humanos
Paz y Tolerancia
Ética y Justicia
Solidaridad y Desarrollo
Comunicación y Libertad
Inmigración y Refugiados
Pueblo Gitano
Racismo y Xenofobia
Antisemitismo
Homofobia
Terrorismo
Ultras y Neonazis
Integrismo
Pena de Muerte
Sexismo y violencia
Violencia Urbana
Maltrato Infantil
Seguridad Ciudadana
Memoria Víctimas
Editoriales
Noticias
Entrevistas
A por más
Informe RAXEN
Cuadernos de Análisis
Onda Verde
Teléfono de la Víctima
Aula Intercultural
Agenda
Foro
Chat
Hazte solidario
Tienda Solidaria

¿MATONES? NO GRACIAS

    La brutal paliza que acabó con la vida de Wilson Pacheco, emigrante ecuatoriano arrojado a las aguas del Puerto de Barcelona por los porteros de dos locales nocturnos, y el ataque en Getafe a dos jóvenes que fueron salvajemente apuñalados protagonizado por nueve porteros de discoteca, ha reabierto una antigua controversia sobre el cometido de estas personas, cuya función de porteros ó vigilantes desemboca no pocas veces en conductas de matones violentos, significativamente racistas y xenófobas.
Es verdad que son innumerables los sucesos de violencia que se producen en aquellos locales de ocio frecuentados por gentes proclives al conflicto y la bronca. Es verdad que a veces son los porteros las víctimas de esas situaciones; pero también es cierto, y esto es radicalmente intolerable, que sean estos “profesionales” en muchas ocasiones quienes generen estos conflictos, cuyo primer incidente se suele producir al aplicar arbitraria y discriminatoriamente el derecho de admisión.
Hay locales que por ser inmigrante, llevar zapatillas, ser gitano o llevar pendiente, te impiden el acceso, y si se produce la reclamación correspondiente, aparece inusitada y sorpresivamente la intimidación y la violencia. Pues bien, esta forma de aplicar el derecho de admisión es discriminatoria y arbitraria, por tanto ilegal, y no digamos el uso de la violencia, aún más, es un delito. La normativa sobre admisión exige la exposición bien visible de carteles o publicidad especificando los requisitos necesarios para entrar en ese local. La discriminación en la admisión es considerada por la Ley como una infracción muy grave que puede ser sancionada con severidad y en consecuencia ha de ser denunciada.
Los ambientes y escenarios conflictivos de algunos locales de ocio sirven de argumento a algunos empresarios para efectuar una contratación irregular implementando una figura, portero-vigilante, que está fuera de toda reglamentación y que solo alberga conductas matoníles. En caso de ser necesaria la función de vigilancia de seguridad, el cometido es evitar la comisión de actos delictivos en relación con el objeto de su protección, poniendo a los “presuntos” infractores a disposición inmediata de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Así pues, de agresiones y palizas, nada de nada. Y esto también ha de ser denunciado.
La cuestión es clara, o se es vigilante y por consiguiente se esta bajo la normativa de la Ley de Seguridad Privada, o se es portero y su función es estrictamente la de servicio de control de acceso, como los porteros de un Teatro por poner un ejemplo. Pero matones o servicios de “limpieza étnica”, no procede, además es ilegal y lo que si procede es denunciar cuando se produce la discriminación, y no digamos si hay agresión. El civismo ha de llegar a todas partes y para ello el Estado de Derecho ha de hacer cumplir la Ley a todos, especialmente a quienes mas se conducen de manera asilvestrada transgrediendo las mas elementales normas ciudadanas de convivencia.

Esteban Ibarra.
Presidente del Movimiento contra la Intolerancia