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NO ME GUSTA SU CARA

    Demasiado. Hace unos días la SER informaba que los encargados de entrevistar a ciudadanos que optaban a un empleo en unos supermercados, anotaban categorizaciones para su descarte donde significaban si eran “morenetes”, “feos”, “separada con 26 años”, “no por discapacitado”, “gitana”, “no por mayor”, “extranjero”, “ no por gordo”, “gilipampanos”, “sudamericano”, “macarra”, “cara de cochinilla”, “pinta de drogadicta” y otras lindezas denigrantes y discriminatorias. Como es lógico el representante de la empresa niega tener conocimiento del tema y afirma que esos no son criterios de selección que ellos utilicen, aunque consideran posible el “error”, sobre todo al ser encontrada documentación, con los datos personales de los candidatos, abandonada en plena calle.
Los afectados se muestran indignados. No es para menos. Y algunos van a denunciar. Es lo que procede. Pero el problema a mi juicio nos afecta a todos; ¿quién no es gordo, flaco o regular?; ¿quién no es negro, blanco o tostao?; ¿quién no es gitana, payo, andaluz , catalán, sudaca, madrileña, vasco...? y así hasta el infinito. Claro se me olvidaba, en el “ario del kukusklan” está la respuesta. Pero el tema es muy serio porque hablamos de prejuicios discriminatorios que se traducen en actos y conductas contrarias a los derechos humanos, prohibidas y sancionadas por la Ley. La estigmatización de los ciudadanos es la antesala de la intolerancia que viola la dignidad de la persona y la priva de sus derechos.
En verdad parece que las instituciones van a tomar cartas en el asunto. Correcto. Ahora bien, ¿en cuantas empresas y lugares funciona el prejuicio discriminatorio?. Las denuncias en medios de comunicación constatan que hay guarderías que han negado el ingreso a bebes por origen étnico, nacional o social, que hay arrendadores que han negado el alquiler de una vivienda por igual motivo, que hay dueños de discotecas, pubs y lugares de ocio, que niegan la entrada a personas por pertenecer a colectivos determinados, etc. Todo ello conociendo o no, que nuestro Código Penal sanciona la discriminación en el trabajo (artº 314) y la denegación de una prestación (artº 511 y 512), y a sabiendas claro está, de que moralmente esto es una indecencia inaceptable.
Pero mas allá de la queja y la denuncia, el hecho en cuestión nos recuerda los déficits que nuestra sociedad mantiene. El primero de educación cívica y ética; y es que vamos muy cortitos como podemos observar en la vida cotidiana. El segundo es que falta aplicar rigurosamente la legislación antidiscriminatoria y no banalizar la vulneración de derechos. Y el tercero poner de una vez en marcha, la Directiva Europea que obliga a los Gobiernos a crear un órgano que vigile y haga seguimiento de estos problemas.
Como siempre, ¡por todos un respeto!.

Esteban Ibarra.
Presidente del Movimiento contra la Intolerancia.