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Los inmigrantes sin papeles que sean detenidos en suelo europeo podrán pasar hasta 18 meses retenidos en centros de internamiento mientras se tramita su expulsión. Podrán ser detenidos con una mera orden administrativa y una vez expulsados no podrán volver a la UE en cinco años. Los inmigrantes menores de 18 años no acompañados podrán ser repatriados. Así lo ha refrendado el Parlamento Europeo, que ha aprobado sin enmiendas -tal cual le llegó de los ministros de Interior- la llamada directiva de retorno de los inmigrantes, que pretende armonizar las distintas políticas sobre inmigración ilegal de los países miembros.
Finalmente, no ha prosperado ninguna de las enmiendas con que los socialistas pretendían suavizar un tanto el texto que les enviaron los Gobiernos. En particular, en lo referente a la expulsión de menores y la exigencia de que las órdenes administrativas de detención sean refrendadas por órdenes judiciales en menos de 72 horas. De los 662 diputados que han emitido sus votos, 369 han votado a favor del texto, 197 en contra y 106 lo han hecho en blanco.
El texto ha recibido el apoyo mayoritario del grupo popular europeo, incluida la delegación española, y de los liberales. Los socialistas han votado divididos, algo que ya se anunciaba desde ayer: los españoles, aunque defendían formalmente las enmiendas presentadas por su grupo, tenían la intención de votar a favor ?el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, socialista, lo apoyaba. Los verdes e Izquierda Unitaria han votado si fisuras en contra.
El grupo socialista presentó ayer, primer día de debate, varias enmiendas, que han sido rechazadas hoy. De haberse aprobado alguna de ellas, la tramitación debía volver al comienzo: otros dos o tres años, que habrían dejado bloqueados 676 millones de euros del Fondo Europeo de Retorno para el periodo 2008-2013. Los Gobiernos, que ya dieron su visto bueno al texto sobre el que ahora co-decide el Parlamento, quieren ese dinero para financiar parte de sus gastos de repatriación de inmigrantes, por lo que habían presionado a los diputados para que le den luz verde. Una vez que sea publicada en el Boletín Oficial de la UE, los Estados miembros tienen un plazo de dos años para introducirla en sus respectivas legislaciones nacionales. Habrá un año adicional para introducir el punto que garantiza asistencia legal gratuita a los inmigrantes.
Política de expulsión
La directiva tiene como objetivo armonizar las políticas sobre el tratamiento que debe darse a los inmigrantes sin papeles que lleguen a territorio europeo. Intenta facilitar las repatriaciones voluntarias, para las que establece un plazo de entre 7 y 30 días. En caso de que el inmigrante no decida marcharse, prevé que pueda ser detenido por una orden administrativa -antes tenía que venir de un juez- confirmada judicialmente a posteriori. Una vez detenido, el inmigrante podrá pasar seis meses en un centro de internamiento, ampliables a 18 si se complica el periodo de repatriación -España, por ejemplo, tiene un límite muy inferior, de 40 días, y otros países ni siquiera ponían plazo al periodo de retención. Una vez expulsado, el inmigrante no podrá volver a poner los pies en Europa en cinco años, salvo que se vaya voluntariamente.
También prevé la norma que puedan ser expulsados los menores no acompañados, aunque con ciertas garantías adicionales.
LAS CLAVES DE LA DIRECTIVA
RETORNO.
La directiva prevé la repatriación al país de origen del inmigrante, a un país de tránsito con el que la UE tenga acuerdo de repatriación o a otro país al que el inmigrante decida ir, siempre que sea admitido.
RETORNO VOLUNTARIO.
Una vez emitida una orden de expulsión, se establece un periodo para el retorno voluntario del inmigrante, de entre 7 y 30 días. El periodo puede extenderse en función de algunas circunstancias (hijos escolarizados en el país, lazos familiares, entre otras).
RETENCIÓN.
Comunicada la expulsión, el internamiento en un centro -nunca cárcel- podrá ser decidido en caso de ?riesgo de fuga? o si el inmigrante sin papeles rechaza su repatriación. Se garantiza el acceso de las ONG a los centros de internamiento, así como la posibilidad de que el inmigrante recurra la orden de expulsión. Asimismo, se garantiza al detenido la asistencia jurídica gratuita según la legislación nacional y con los límites de la directiva sobre asilo.
DURACIÓN DE LA RETENCIÓN.
Se establece un periodo máximo de internamiento de seis meses, ampliable a 18 en caso de ?falta de cooperación? del inmigrante para su repatriación o problemas en el proceso (obtención del permiso del país implicado u otros). Tras esos 18 meses, si no se ha producido la expulsión, el inmigrante debe quedar libre.
Varios países europeos no tienen actualmente límites temporales para el internamiento de inmigrantes. Para los que, como España, cuentan con periodos inferiores, no se obliga a ampliarlos.
PROHIBICIÓN DE ENTRADA.
Tras su expulsión, el inmigrante no podrá entrar en Europa en un plazo de cinco años (más si se aprecia que supone una ?amenaza grave? para el orden y la seguridad.
MENORES.
Los menores no acompañados y las familias con menores serán internados ?como último recurso y durante el menor tiempo posible?. No obstante, los menores no acompañados podrán ser expulsados a países donde no tengan un tutor o una familia siempre que haya ?estructuras adecuadas de acogida?. Mientras estén internados, se les garantiza el ?acceso a la educación?.
El País 18.6.08
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