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Medidas para impulsar la Ley de Memoria.
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Paquete de medidas para impulsar la Ley de Memoria
EL PAÍS - Madrid - 01/11/2008
El Consejo de Ministros aprobó ayer un paquete de medidas para desarrollar la Ley de Memoria Histórica.
- Retirada de símbolos. El Gobierno dio instrucciones para que se retiren los símbolos franquistas (escudos, insignias, placas...) de los edificios públicos, excepto si se encuentran en un Bien de Interés Cultural y por su "significado histórico, su valor artístico-religioso" o atendiendo a "criterios técnicos". El Ministerio de Cultura formará una comisión de expertos en patrimonio y arquitectos para decidir qué símbolos cumplen esos requisitos. Cada ministerio deberá elaborar una lista de los vestigios franquistas en sus instalaciones.
- Exhumación de fosas. El Gobierno ha enviado a las comunidades autónomas una propuesta de protocolo de exhumación de fosas, para que aporten sus sugerencias, a fin de elaborar el protocolo definitivo que determinará los pasos a seguir en cada exhumación. También acordó elaborar un mapa de fosas que integre los que ya tienen algunas administraciones autonómicas. El mapa final podrá consultarse en una página web.
- Nacionalidad para brigadistas. Los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales que participaron en la Guerra Civil podrán adquirir la nacionalidad española sin tener que renunciar a la anterior nacionalidad, como les exigía un real decreto de 1996, derogado ayer.
- 'Título' de víctima. Las víctimas de la persecución o la violencia durante la Guera Civil y la dictadura o su cónyuge, ascendentienes y descendientes en caso de que hubieran fallecido, podrán solicitar al Ministerio de Justicia una Declaración de reparación y reconocimiento personal. También podrán hacerlo las instituciones públicas en las que las víctimas hubiesen desempeñado su labor. El plazo de resolución de la solicitud será de tres meses.
- Indemnizaciones pendientes. También se aprobó el derecho a indemnización, por una cuantía de 135.000 euros, a los familiares de quienes fallecieron entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977 "en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos". Los que en esas circunstancias hubiesen sufrido una gran invalidez recibirán también 135.000 euros. En caso de incapacidad permanente absoluta, 35.000.
El Gobierno ofrece la nacionalidad a medio millón de exiliados de Franco
La medida beneficia a hijos y nietos de quienes emigraron entre 1936 y 1955
LUIS R. AIZPEOLEA / TOMÁS BÁRBULO - Madrid - 01/11/2008
Los hijos y nietos de los españoles que, por razones políticas o económicas, se exiliaron entre el 18 de julio de 1936 (fecha de inicio de la Guerra Civil) y el 31 de diciembre de 1955 (fecha en la que el Gobierno ha fijado el final de "la inmediata posguerra") tendrán al menos dos años de plazo para optar a la nacionalidad española que perdieron sus antepasados.
Los hijos y nietos de los españoles que, por razones políticas o económicas, se exiliaron entre el 18 de julio de 1936 (fecha de inicio de la Guerra Civil) y el 31 de diciembre de 1955 (fecha en la que el Gobierno ha fijado el final de "la inmediata posguerra") tendrán al menos dos años de plazo para optar a la nacionalidad española que perdieron sus antepasados.
La histórica medida, que ayer recibió el visto bueno del Consejo de Ministros, afectará a medio millón de descendientes de españoles (300.000 de ellos residentes en Argentina), según el Ejecutivo, y supone la entrada en vigor de la disposición adicional séptima de la ley de Memoria Histórica, justo un año después de la publicación de la norma.
El Ministerio de Justicia ha elaborado una instrucción para fijar el procedimiento burocrático a seguir por los interesados. En ella, señala que éstos deberán presentarse en los registros civiles españoles (municipales en el caso de que residan en España o consulares si viven en el extranjero) correspondientes a sus domicilios. Allí les facilitarán los impresos necesarios, incluso para obtener los certificados que les falten. También está previsto que puedan realizar los trámites a través de la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es).
Los solicitantes deberán presentar sus certificados literales de nacimiento y los del padre o la madre originariamente españoles y, para el caso de los nietos de españoles, del abuelo o la abuela.
Para acreditar la condición de exiliado del abuelo o abuela será suficiente con presentar documentos acreditativos de que éste ha sido beneficiario de pensiones concedidas a exiliados u otros expedidos por oficinas de refugiados o por entidades e instituciones reconocidas o vinculadas con el exilio, e incluso que demuestren su participación en actividades de defensa y protección de los exiliados españoles o que trabaja en la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de las víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura.
Todos estos requisitos servirán para identificar a los descendientes de los exiliados políticos -es decir, de aquellos que tuvieron que huir de los franquistas para salvar sus vidas- y que la Asociación de Descendientes del Exilio cifra alrededor de 80.000.
Pero la instrucción también introduce entre los beneficiarios de la ley a los descendientes de los emigrantes económicos, que son muchos más (la organización Hijos y Nietos de Españoles calcula su número en medio millón). Lo hace afirmando que el Estado "podrá presumir la condición de exiliado" a favor de todos los españoles que acrediten haber salido de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 mediante su pasaporte, el registro de matrícula del consulado español, certificaciones diversas del Registro Civil consular o del local del país de acogida o documentación de la época en la que conste su llegada al país.
La inclusión de los descendientes de emigrantes entre los beneficiarios de una ley claramente política como la de Memoria Histórica ha provocado cierta polémica. Muchos exiliados políticos, aun reconociendo el derecho de todos a la nacionalidad, sienten que esta fórmula iguala el drama de quienes se vieron obligados a huir de España porque se hallaban en peligro de muerte con el de quienes se fueron para escapar de la miseria.
El Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, ha explicado a este periódico las razones del Gobierno para incluir a ambos colectivos bajo el término "exilio": "La palabra exilio abarca tanto al de motivos políticos como al de causas económicas. Hay quienes opinan que el exilio es un concepto político. Si se aleja uno de los primeros años cuarenta y empieza a ver lo que viene luego, la gente que sale de la cárcel y tiene que integrarse a un mundo hostil y no puede sobrevivir... ¿Usted cómo llamaría a eso, exilio político o económico? Creo que hay un entrecruce al que debe ser uno sensible. No le quepa duda de que la finalidad de la ley es tener sensibilidad con los que fueron injustamente tratados".
La decisión no satisface ni a emigrantes ni a refugiados
T. B. - Madrid - 01/11/2008
La forma en que el Gobierno ha desarrollado la Ley de Memoria Histórica para que los hijos y los nietos de los españoles que abandonaron el país entre 1936 y 1955 puedan acceder a la nacionalidad no satisface completamente a las organizaciones de descendientes de exiliados ni a las de descendientes de emigrantes.
Ludivina García, ex eurodiputada socialista y presidenta de la Asociación de Descendientes del Exilio, recalca que ella está a favor del acceso de los hijos y nietos de los emigrantes a la nacionalidad, antes de añadir: "Nos preocupa que la mezcla entre la emigración económica y el exilio pueda confundir a los jóvenes respecto al concepto exilio. El exilio fue político, no económico. No se puede reescribir la historia en un texto legal". No obstante, García prefiere esperar a la publicación de la instrucción anunciada por el Ministerio de Justicia antes de adelantar más juicios.
Desde Buenos Aires, Guillermo García, coordinador de Hijos y Nietos de Españoles, organización que agrupa a descendientes de emigrantes, también está atento a que la instrucción aparezca en el Boletín Oficial del Estado. Para él, el problema reside en que los hijos y nietos de las mujeres que emigraron antes de 1936 han sido discriminados.
"Ellos no tienen padres españoles de origen porque, hasta la Constitución de 1978, las mujeres no podían transmitir la nacionalidad", explica. "Es verdad que lo aprobado por el Consejo de Ministros recupera la nacionalidad para los descendientes de las españolas que emigraron a partir de 1936, pero pervive una discriminación de género respecto a las que salieron antes del país. Y la emigración más fuerte hacia América se produjo antes de ese año".
La inclusión de los emigrantes en la Ley de Memoria Histórica sorprendió a muchos, pero añadirle a quienes emigraron durante la República parece imposible.
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