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Cinco neonazis detenidos con cócteles molotov serán juzgados desde el 14 de marzo en la Audiencia de Valladolid

    El juicio, se desarrollará en la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia vallisoletana y se prolongará, en principio, hasta el día 16 de marzo, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En su escrito de calificación provisional, el Ministerio Fiscal, que en su conjunto eleva las penas pedidas a un total de 24 años de cárcel, considera que los hechos son constitutivos de un delito de tenencia de aparatos incendiarios y explosivos (artículo 568) y solicita las condenas más duras, 6 años de prisión, para cada uno de los hermanos Alberto y Javier A.L, en calidad de promotores, y 4 años para los tres restantes, David S, Pablo R.L. y José Ignacio P.C, estos últimos como cooperadores.

La acusación pública considera probado que todos ellos eran miembros del grupo neonazi denominado 'Asociación Cultural Rey Sisebuto' y se habían caracterizado por tener diversos encontronazos físicos y verbales con jóvenes que no compartían sus ideas, hasta el punto de haberse producido distintas agresiones que no son objeto del presente procedimiento.

Fruto de tales incidentes, los hermanos Alberto y Javier A.L, quienes entonces contaban 21 y 25 años, decidieron dar un escarmiento a un grupo de jóvenes de ideología 'Skinhead', para lo cual, según siempre el fiscal, pidieron la colaboración de los otros tres acusados, David S, Pablo R.L. y José Ignacio P.C, de 19, 18 y 19 años, respectivamente.

Así, el día 18 de octubre de 2003 los procesados se dirigieron en un Seat Toledo a la zona de El Cuadro, en concreto a la ribera del Pisuerga, lugar en el que los fines de semana solían reunirse jóvenes de ideología opuesta, con el fin de utilizar los 'cócteles Molotov' que habían sido elaborados por los citados hermanos, uno de ellos cabo primero del Ejército.

Para ello, estacionaron el coche en la Plaza de Tenerías y se desplazaron andando hasta la ribera del río, donde comenzaron los enfrentamiento verbales con otros jóvenes. Sin embargo, la policía hizo acto de presencia en el lugar e identificó y detuvo a los acusados.

Además, los funcionarios registraron el turismo Seat Toledo, propiedad de Javier A.L, e intervinieron seis 'cócteles Molotov', quince piedras de granito y una maza, junto con botellas vacías de las utilizadas para confeccionar otros artefactos incendiarios.

Posteriormente, la Policía Nacional efectuó dos registros, uno en el domicilio de los hermanos Alberto y Javier A.L, donde encontró documentación de tipo nazi, y el segundo en la sede de la asociación, donde intervino una porra, varios pasamontañas, gas paralizante y cuadernillos de tipo nazi.

Las investigaciones policiales habían comenzado uno año antes tras detectarse la organización y estructuración de elementos neonazis pertenecientes a un grupo organizado en Valladolid, con ramificaciones en otras capitales de Castilla y León, fruto de las cuales se tuvo conocimiento que en fechas próximas podrían llevar a cabo una acción de 'castigo' contra la extrema-izquierda radical.

MARCADO POR LA TRAGEDIA

Se da la circunstancia de que uno de los procesados, David S, vio cómo en 1997 su padre era encarcelado y condenado a 17 años de cárcel por el asesinato de su esposa ocurrido en la capital vallisoletana.

La vida de David se vio marcada cuando la Audiencia de Valladolid condenó en 1998 a su progenitor, Feliciano San José, a una pena de diecisiete años, seis meses y un día de cárcel como autor del asesinato de su mujer María del Carmen San José ocurrido el 28 de septiembre de 1997 en el domicilio que ambos compartían en la calle Rastrojo de la capital, donde la víctima recibió un tiro de escopeta a bocajarro que le destrozó la cabeza.

La Sala consideró probado que el marido disparó contra su mujer con la inequívoca intención de matar y que para ello se aseguró de que ésta no pudiera defenderse. La alevosía observada tanto por el jurado popular como por el magistrado presidente confería al delito la tipificación de asesinato, agravado por la concurrencia de parentesco entre la fallecida y su verdugo.

Los hechos se registraron en el domicilio conyugal, sito la calle Rastrojo, en el barrio de Huerta del Rey, donde, por problemas familiares, el condenado disparó a su mujer. Esta acababa de llegar de la calle con su hija Nieves, de 20 años, tras haber comido en casa de una tía. El marido, que esperaba en la calle la llegada de ambas, subió también y fue entonces cuando se produjo la tragedia.

El condenado sostuvo durante el juicio que disparó primero contra el inodoro con fines intimidatorios y que luego amenazó a su mujer con pegarle un tiro pero sin intención de cumplir su amenaza.

Su versión fue rebatida por la hija, quien, entre sollozos, relató que el disparo recibido por su madre fue a 'cañón tocante' cuando ésta se encontraba sentada en el sofá del salón y sin posibilidad de defenderse, como así recogió en su sentencia el magistrado que presidió el juicio.

Un cartucho de 395 perdigones impactó de lleno en María del Carmen San José, de 40 años, que quedó muerta en el acto y con la cabeza destrozada. Su hija, enferma, se arrastró hasta el teléfono y avisó a su tía de lo ocurrido.

Mientras tanto, el autor de los disparos había tirado la escopeta en el suelo de la cocina y 'salió de casa tan tranquilo, como si nada hubiera ocurrido', declaró su hija el día del juicio, en el que acusó también a su progenitor de ser el causante de las discusiones que mantenía con la fallecida 'porque es un gastador, se jugaba el dinero en tragaperras mientras nosotros andábamos con lo justo'.



Terra Actualidad - Europa Press