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LEY INTEGRAL CONTRA EL RACISMO, LA INTOLERANCIA Y LOS CRÍMENES DE ODIO

    Asistimos a un proceso de globalización y formación de sociedades multiculturales con graves desequilibrios y asimetrías; un proceso que nos presenta escenas de diversidad étnica, religiosa y social muy complejas en donde crecen brotes de intolerancia alentados por concepciones totalitarias, identidades excluyentes, ideologías antidemocráticas y conductas fanáticas. El incremento en los últimos años, tanto en Europa como en otras regiones del planeta, de manifestaciones de racismo, xenofobia, antisemitismo, islamofobia, sexismo, homofobia y otras expresiones de intolerancia hacia colectivos vulnerables son el termómetro de la enfermedad del odio que afecta a la convivencia ciudadana.

El problema nunca es la diversidad y pluralidad que existe en una sociedad, el verdadero problema es la ausencia de respeto, aceptación y aprecio de ese mosaico humano tan variado que compone nuestras sociedades. Un problema agravado si las democracias no disponen y proponen los medios, leyes y políticas, así como comportamientos institucionales para que la enfermedad del odio y la intolerancia no se propague entre las gentes.

En España se dieron pasos importantes con la modificación del Código Penal de 1995 al sancionar conductas que son reprobadas por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca (art. 22-4). También sanciona la provocación al odio y la violencia, la difusión de ideas o doctrinas genocidas, la asociación ilícita y otros delitos afines como el caso de la ofensa a sentimientos religiosos, el respeto a los difuntos y la discriminación laboral.

Desde enero de 2003 están en vigor las Directivas Europeas por la igualdad de trato, tanto en el ámbito laboral como en el social, aunque son prácticamente de nula aplicación dado que faltan instrumentos para que sean efectivas. También hay programas educativos y de sensibilización y algún escaso programa de apoyo a las víctimas.

Sin embargo nuestra realidad legal e institucional dista mucho de responder a las necesidades existentes y a las que van apareciendo, y mucho menos de comprender la importancia de una estrategia amplia y de largo alcance frente al racismo, la xenofobia y las conductas de intolerancia.

Abordar la tarea de una Ley Integral frente al Racismo, la Intolerancia y los Crímenes de Odio implicaría dotar a nuestro país de un instrumento legal que sirviera de apoyo a políticas democráticas que frenen la marea del odio. Un ley que sirviera de marco para un trabajo riguroso de sensibilización educativa, cultural y mediático, que reconociera los derechos de las víctimas del odio y apoyara con servicios sociales específicos de atención, emergencia, apoyo y recuperación, que fortaleciera la legislación penal, civil y procesal, que aportara conocimientos y eficacia a los operadores jurídicos (jueces y fiscales) ante el problema y que, en definitiva, protegiera a las personas, colectivos y a la sociedad en general de los zarpazos de un fanatismo que en la historia reciente se he expresado con tanta crueldad.

La lucha frente al racismo, la xenofobia, el antisemitismo, la islamofobia y otras formas relacionadas de intolerancia resulta ineficaz y con muy difíciles posibilidades de éxito, sin los instrumentos legales necesarios para combatir esta lacra de la humanidad que aprovecha el momento y las circunstancias para su expansión. Junto a la legislación es necesario ir abordando planes integrales y políticas concretas pero para todo ello resulta esencial un punto de partida al que honestamente cuesta mucho llegar, también en España, y que no es otro que el reconocimiento del problema en nuestra sociedad.

Esteban Ibarra
Presidente Movimiento contra la Intolerancia